LEY 447 NO AFECTA DERECHOS Y ATENCIÓN DE LA PROBLEMÁTICA DE LAS MUJERES ASEGURA ASESORA DEL MIDES.

La creación de la Ley 447 que establece al Instituto nacional de Mujer como una entidad autónoma y adscrita al Ministerio de Desarrollo Social, no va en detrimento de los derechos de las mujeres todo por el contrario busca atender las necesidades multidimensionales de las mujeres sobre todo en área vulnerables.

Así lo aseguró Eneleydis Taylor asesora del Ministerio de Desarrollo Social, quien indicó que se encuentran pendientes y presentes en la discusión de la Ley que se encuentra en la Comisión de la Mujer y la Familia de la Asamblea Nacional que está por definir su aprobación en primer debate.

Según Taylor el proyecto de ley 447 busca blindar el mecanismo a través del cual se brinda protección integral a los derechos de las mujeres y contempla crear el INAMU como una entidad técnica especializada que pueda funcionar con la agilidad necesaria de llevar soluciones y tener presencia en todos los territorios del país principalmente en las áreas más vulnerables.

Dijo que la prioridad es dar atención a las mujeres indígenas, rurales y las que habitan en cinturones de pobreza en las ciudades para llevar las políticas públicas en favor de las mujeres y que en ningún sentido puede considerarse una regresión en la defensa de los derechos de las mujeres pues todos ellos están consagrados en la Constitución, leyes y convenios internacionales.

Señaló además que la entidad aunque estará adscrita bajo la organización del Mides tendrá un presupuesto aparte y tendrá capacidad para tomar decisiones de forma autónoma sin depender de la aprobación del ministro en turno.

Adelantó que la ley también contempla un mecanismo para el nombramiento de quienes dirijan la institución misma que dependerá de una terna que sea recomendada a través de una convocatoria por el Consejo Nacional de la Mujer que está conformado por organismos de la sociedad civil en su mayoría y de esa terna el presidente deberá elegir a la persona que cumple con el perfil establecido y que serpa nombrado por un periodo fijo que debe respetarse salvo que quien dirige cometa alguna falta, por lo que este cargo no entra dentro de la categoría de libre nombramiento y remoción.

Según la funcionaria espera que este anteproyecto de ley sea pronto aprobado para que se inicie un proceso de transición en el que bajo ninguna circunstancia se deje de atender las demandas de la población femenina en cada una de sus sedes.

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