El presidente de la República sancionó la Ley 516 que crea el Patronato del Festival Nacional del Toro Guapo de Antón, el cual fue publicado en Gaceta Oficinal del 7 de abril del 2026, la cual contempla a varios miembros dentro del mismo y establece parámetros para la escogencia de las Juntad Directivas con vigencias no mayores a 2 años en el cargo.
Dentro de estos miembros deben estar: un representante del Ministerio de Cultura, un representante de la Autoridad de Turismo, el presidente del concejo municipal, de Antón, un representante de dicho municipio, un representante de la Junta Comunal, dos representantes de asociaciones cívicas, y un representante especialista en folclor antonero.
La Ley también incluye una asignación presupuestaria adicional a la establecida en la Ley 25 del 2009 que es de 15 mil balboas, en el que, a través de la Autoridad de Turismo, se otorgarán fondos para la promoción del Festival, además que el Patronato debe entrar un informe de auditoría a la Contraloría General antes del 31 de diciembre de cada año, pero que pueden existir fiscalizaciones periódicas sin previo aviso.
Esta normativa incluye al Ministerio de Educación con su regional de Coclé, en los permisos para usos de Escuelas en el alojamiento de agrupaciones. También, tanto el Ministerio de Cultura como la Autoridad de Turismo tienen la responsabilidad de la promoción como destino e intercambios culturales.
Con esta, se modifica también el Artículo 1 de la Ley 10 del 21 de enero del 2004, en el que se declara el 15 de octubre de cada año como Día Cívico y fiesta folclórica en el distrito de Antón.


