CONTADORES PÚBLICOS YA NO NECESITAN DE ABOGADOS PARA REALIZAR SU SOLICITUD DE IDONEIDAD

DAMGELA DE LEÓN

Poder tramitar la idoneidad sin necesidad de un abogado, declaración jurada que indique el no haber cometido delitos o mantenido condenas desde hace 7 años, una declaración notariada, son parte de los nuevos requisitos que se les aplican a los contadores públicos para solicitar su licencia. Esto, debido a las disposiciones descritas en la Ley 280 de 30 de diciembre de 2021, que deroga a la Ley 57 de septiembre de 1978, que los regula. 

Así lo señaló Mario Alzamora, director regional del Ministerio de Comercio e Industrias en Coclé, quien explicó que muchos siguen asistiendo a las oficinas de la institución con requisitos de la antigua ley, y deben realizar sus trámites nuevamente, ya que, al ser enviados a la capital para otorgar la licencia, son retornados porque deben cumplir con los parámetros actuales.

Mario Alzamora, Director Regional del Ministerio de Comercio e Industrias en Coclé,

Los documentos que deben llevar los recién egresados son:una copia del diploma y el original para verificación, certificado de nacimiento actualizado con 3 balboas en timbres, fotocopia simple de la cédula, se deben incluir 2 fotos tamaño carnet, el recibo de pago al calígrafo, a través de un depósito bancario, y 25 balboas en timbres pagados a la Dirección General de Ingresos.

El director también indicó que a los peticionarios se les otorga un certificado, la resolución que incluye el número de idoneidad, y el carnet de identificación como contador público autorizado. 

En el caso de Coclé, los interesados pueden acercarse a las oficinas en la vía Interamericana a un costado del Hospital Aquilino Tejeira en Penonomé, o llamar al teléfono 906-1520. El MICI brinda docencia acerca de los nuevos parámetros que se han incluido para evitar gastos innecesarios en trámites y que se prolongue el proceso para solicitar la idoneidad.

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