MITRADEL NO HA RECIBIDO SOLICITUD PARA SUSPENDER CONTRATOS EN MINERA PANAMÁ ASEGURA EN UN COMUNICADO

DARÍO FERNÁNDEZ ALZAMORA


La falta de la firma del contrato entre el Estado panameño y empresa Minera Panamá y en virtud de la situación por la que atraviesan los trabajadores de la compañía así como los proveedores y subcontratistas, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral informó que hasta el momento no ha recibido ninguna solicitud formal de suspensión de contrato de los trabajadores y que en caso que ello ocurra se aplicarán todas las normas del Código de Trabajo.


El comunicado destaca que se presentaron ante el MITRADEL varios pliegos de peticiones por las organizaciones sindicales presentes en la empresa, que aún están en trámite, lo que implica según el artículo 441 del Código de Trabajo, que no se pueden suspender los contratos ni despedir a ningún trabajador, sin autorización judicial previa mientras no se concluya la negociación colectiva que origina la presentación de dichos pliegos de peticiones.


Indica que si la empresa adopta otras medidas que considere necesaria en materia laboral durante la situación actual, deberán ser consultadas y acordadas con los sindicatos, y registradas en el MITRADEL como garante de la salvaguarda de sus derechos.


El Ministerio de Trabajo invitó a la empresa a preservar un ambiente laboral propicio para el beneficio del proceso y la tranquilidad de sus trabajadores, proveedores, subcontratistas y a los panameños en general, recordando que el Gobierno Nacional mantiene su decisión de firmar un acuerdo con la empresa, que represente los mejores intereses del pueblo panameño, respetando sus derechos como empleadora y los de sus trabajadores.

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